Fecha de publicación: 01/03/2017
Calentadores eléctricos de agua instantáneos. Parte 2-2: Requisitos de aptitud para la función. Duchas instantáneas eléctricas de un solo punto de utilización. Eficiencia.
La norma UNE-EN 50193-2-2:2017 se refiere a los calentadores eléctricos de agua instantáneos, específicamente a las duchas instantáneas eléctricas de un solo punto de utilización. Esta parte de la norma aborda los requisitos de aptitud para la función en cuanto a eficiencia.
La norma establece que los calentadores eléctricos de agua instantáneos deben ser diseñados y construidos de manera que cumplan con los siguientes requisitos:
* La eficiencia energética se mide mediante el coeficiente de eficiencia (CE) y debe ser mayor o igual a 0,7.
* El calentador eléctrico debe ser capaz de alcanzar una temperatura de agua caliente máxima de 45°C en un plazo de tiempo no superior a 10 minutos.
* La potencia del calentador eléctrico no debe exceder los 3.000 W.
* Los calentadores eléctricos deben ser equipados con dispositivos de seguridad contra sobrecalentamiento, tales como termostatos y fusibles.
* La norma establece también requisitos para la resistencia a la corrosión y la capacidad de sellado.
La presente norma es aplicable a los calentadores eléctricos de agua instantáneos destinados al uso doméstico o en instalaciones públicas, siempre y cuando se ajusten a las especificaciones establecidas. Los fabricantes deben cumplir con estos requisitos para garantizar la seguridad y eficiencia de sus productos.
gracias, por fin encontre la normativa entera, lo unico que hay que hacerlo con el navegador opera gx como indica pero bueno...
gracias, es dificil de encontrar sin pagar