Fecha de publicación: 01/02/2015
Servicios profesionales de bronceado en cabina. Parte 3: Requisitos para la prestación de servicios. (Ratificada por AENOR en febrero de 2015.)
La norma UNE-EN 16489-3:2014, «Servicios profesionales de bronceado en cabina. Parte 3: Requisitos para la prestación de servicios», establece los requisitos para la prestación de servicios de bronceado en cabina, garantizando la calidad y seguridad del proceso. Esta norma es ratificada por AENOR en febrero de 2015.
La presente norma se aplica a las cabinas de bronceado que ofrecen servicios profesionales de bronceado, incluyendo salones de belleza, spas y otros establecimientos similares. Establece los requisitos para la planificación, organización y ejecución de los servicios de brroneado en cabina, así como los procedimientos para garantizar la seguridad y higiene del cliente.
Entre los aspectos cubiertos por esta norma se encuentran:
* Requisitos generales para la instalación y mantenimiento de las cabinas de bronceado.
* Procedimientos para la preparación y aplicación del bronceador.
* Requisitos para el personal que presta servicios de bronceado, incluyendo capacitación y habilidades necesarias.
* Procedimientos para la gestión de residuos y desechos generados durante el proceso de bronceado.
* Requisitos para la documentación y registro de los servicios prestados.
La aplicación de esta norma contribuye a garantizar que los servicios de bronceado en cabina sean seguros, eficaces y de alta calidad, lo que es beneficioso tanto para los clientes como para los profesionales del sector.
gracias, por fin encontre la normativa entera, lo unico que hay que hacerlo con el navegador opera gx como indica pero bueno...
gracias, es dificil de encontrar sin pagar