Fecha de publicación: 28/10/2015
Vehículos contra incendios y de servicios auxiliares. Parte 3: Equipos instalados permanentemente. Seguridad y prestaciones.
La norma UNE-EN 1846-3:2015, «Vehículos contra incendios y de servicios auxiliares. Parte 3: Equipos instalados permanentemente. Seguridad y prestaciones», establece los requisitos para la seguridad y las prestaciones de los equipos instalados permanentemente en vehículos contra incendios y de servicios auxiliares.
La norma se aplica a los siguientes tipos de equipos: sistemas de iluminación, sistemas de comunicación, sistemas de alarma, sistemas de aire comprimido, sistemas de agua y otros sistemas similares. También se incluyen los componentes electrónicos y los materiales utilizados en la construcción de estos equipos.
Entre los aspectos que se regulan figuran: la resistencia a la corrosión, la resistencia mecánica, la estabilidad térmica, la compatibilidad electromagnética, la seguridad contra incendios y explosiones, la protección contra la humedad y la niebla, la resistencia a la intemperie, entre otros.
La norma también establece requisitos para la instalación, el mantenimiento y el funcionamiento de estos equipos, incluyendo la documentación y la certificación de conformidad. Además, se definen los procedimientos para la verificación y la validación de la seguridad y las prestaciones de los equipos.
La aplicación de esta norma busca garantizar que los vehículos contra incendios y de servicios auxiliares cumplan con los requisitos de seguridad y prestaciones necesarios para su uso efectivo en situaciones de emergencia.
gracias, por fin encontre la normativa entera, lo unico que hay que hacerlo con el navegador opera gx como indica pero bueno...
gracias, es dificil de encontrar sin pagar